sábado, 15 de enero de 2011

Recensión

EL CÓDIGO DEONTOLÓGICO DE LOS PSICÓLOGOS

                El Código Deontológico es un elenco de normas y valores destinados a regular la conducta profesional en el ejercicio de la psicología en todas sus modalidades. La intervención con personas es un campo delicado que exige cumplir ciertos criterios y fijar algunos límites.

                Sin embargo, no es una ley prescriptiva, por tanto cada uno es libre de seguirlo, de acuerdo a sus propios principios. Sin duda ayuda a unificar criterios para una regulación de la profesión, pero éstos no son Universales. De hecho existen otros instrumentos que nos pueden ayudar  como son los libros de estilo, estatutos de redacción, convenios, decretos que regulan la actividad, etc.

                Aunque violar el código deontológico supone algo casi antimoral, sus normas no siempre se cumplen, pues no existe ninguna entidad encargada de supervisar su cumplimiento o incumplimiento. Sin embargo, el propio Colegio de Psicólogos puede denunciar la falta de profesionalidad, y ésta suele coincidir con el incumplimiento de las pautas deontolígicas.

                El Código del Psicólogo en España ha sido elaborado por el Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos, siendo un mecanismo que trata de clarificar los niveles de exigencia, de competencia y de calidad en el trabajo. En este sentido, es como una manera de controlar el ejercicio de las tareas del psicólogo.

                La ética profesional de cada uno es algo muy difícil de regular por una entidad superior, pero las recomendaciones del código son muy valiosas para nuestra propia autorregulación.

                Sin embargo, existe un debate profundo en torno a si los códigos deontológicos sirven o no. Para H. Aznar, periodista y profesor de universidad, solo sirven para “mejorar la imagen pública de un determinado colectivo”.

                Personalmente creo que la heterogeneidad de personas y casos, la moral cambiante de la sociedad actual, la poca experiencia de los que empezamos y las dudas que nos afloran, pueden causarnos muchos problemas. Por ello conviene conocer el código y su finalidad.

                Los 61 artículos de los que se compone el código, como si de una Constitución se tratara, han sido pactados de manera común y unánime por los miembros del Consejo. Cada uno de ellos refleja el compromiso ético del psicólogo.

                En su preámbulo se explica que el proyecto de inició en 1984, cuando en el I Congreso del Colegio Oficial de Psicólogos se comprometió a desarrollarlo. Se partió del anteproyecto presentado por el profesor A. Fierro Bardají en colaboración con A. Ávila Espada. Este objetivo se concretó en las Jornadas de Trabajo para la Elaboración del Código Deontológico de marzo de 1987 y, en mayo del mismo año, se inició en  el período de difusión pública, estudio y desarrollo del mismo, que culmina en su sometimiento a refrendo por la Asamblea General del Colegio Oficial de Psicólogos de 27 de Marzo de 1.993.

                El código se puede consultar en la página web del Consejo General de colegios oficiales de psicólogos. (El documento se puede descargar en formato Pdf para poder imprimirlo en http://www.cop.es/pdf/CodigoDeontologicoLeyOmnibus.pdf)

                A modo de información, os dejo los títulos de los que se conforma (cada uno tiene un link para facilitar la consulta).

CÓDIGO DEONTOLÓGICO DEL PSICÓLOGO







13 de enero de 2011
Elena Ortiz Carrasco
5º Psicopedagogía

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